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«No reciban a sus familiares porque están llevando el virus»

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El Ministerio del Interior en la jornada del viernes desglosó los puntos del decreto sobre las nuevas medidas de restricción para la circulación durante el aislamiento preventivo general.

En este documento se afirma la restricción el tránsito de personas y vehículos hasta el 12 de abril. También que durante la vigencia de dicho decreto los habitantes deberán permanecer en sus residencias y podrán hacer desplazamientos mínimos solo para adquirir alimentos, medicamentos y artículos de limpieza.

Euclides Acevedo, titular de la cartera del Estado también expresó que se exceptuarán la circulación de las personas que cumplan actividades como las autoridades nacionales, departamentales y municipales, autoridades diplomáticas y representantes de organismos internacionales para el ejercicio de sus funciones impostergables; servicios de salud públicos y privados, servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia de equipos médicos y hospitalarios; Personal de Salud, Fuerzas Militares y Policiales.

A su vez, también podrán circular las personas que deban asistir a otras ya sea por discapacidad, por ser adultos mayores, niños y adolescentes.

SERVICIOS

Quedan exentos los trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios, con constancia de la función y horarios de cobertura específica. Los supermercados, despensas, farmacias y la cadena logística para la provisión de los alimentos. Así como los servicios de veterinarias para casos de urgencias.

El mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, comunicaciones) y de emergencias también podrá continuar, con el personal mínimo necesario para su funcionamiento. El servicio funerario y las personas afectadas a las obras públicas en general.

En la zona urbana de la capital, están autorizadas sólo las obras relacionadas al área de la Salud. Los servicios de entrega a domicilio (delivery) de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad básica, a partir de las 05:00 horas hasta las 23:00 horas, salvo las farmacias que atienden las 24 horas.

Cabe resaltar que el delivery de bebidas alcohólicas no está permitido en ningún horario. La recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos está disponible y las estaciones expendedoras de combustibles y distribuidores de garrafas de gas también podrán abrir pero a partir de las 05:00 horas hasta las 23:00 horas.

Los servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que estén bajo el mando del Banco Central del Paraguay (BCP), son imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero, por ende también estarán habilitados.

También la cadena Logística como puertos, buques fluviales, líneas marítimas, transporte terrestre de carga, servicios aduaneros de carga y descarga de mercaderías estarán exceptuados del decreto. MEDIDAS

Todas las empresas habilitadas deberán adoptar los máximos recaudos de prevención y cuidados sanitarios indicados por el Ministerio de Salud y el protocolo respectivo del Ministerio del Trabajo.

No se podrá incluir a las personas menores de 18 ni mayores de 60 años de edad, salvo aquellas que ejerzan servicios médicos de urgencia o aquellos afectados a servicios imprescindibles para la comunidad.

El ciudadano que presente un justificativo para la circulación durante la cuarentena total tendrá carácter de declaración jurada a los efectos legales, en los controles de las fuerzas del orden.

“El transito no está prohibido, está restringido”, indicó el referente.

SANCIONES

Según informó Acevedo, los habitantes que incumplan el decreto serán sancionados conforme al “Código Sanitario”, la Ley “Que sanciona delitos contra el medio ambiente”, el Código Penal vigente y demás leyes aplicables.

“Esperemos que los empresarios sean conscientes de su responsabilidad, la presencia del Comandante de las Fuerzas Militares, Ministro de Defensa, Comandancia de la Policía y la Fiscalía General del Estado, refleja que nos estamos tomando serio este tema. Vamos a hacer todo lo que nos permite la ley. Creemos también en la sanción moral de la gente que está cumpliendo con la cuarentena. El viernes santo no habrá movilidad total, salvo una extreman urgencia”, aseveró.

Con respecto al cierre de algunas ciudades en la conferencia de prensa, Acevedo señaló que los intendentes no tienen facultades para cerrar el ingreso a las ciudades.

“No hay facultades para cerrar ciudades eso es inconstitucional y para la disminución del tráfico de personas, los órganos de seguridad son suficientes, lo que no tenemos, son los instrumentos legales para imponer un mayor rigor. Nos hubiera gustado una ley especial temporal para aplicar con firmeza lo que la ciudadanía nos está pidiendo”, acotó.

TRANSPORTE

El transporte público sigue con regulada según confirmó la Dirección Nacional de Transporte (Dinatram), otros servicios como el de los taxis y las aplicaciones MUV y Uber están habilitadas, solamente el día viernes 10 (viernes santo), no habrá colectivos, pero el ministros aseguró que las patrulleras de la Policía Nacional podrán estar al servicio de los trabajadores de la salud.

“No podemos ser solidarios con los que violan la cuarentena. Lo único que nos queda es que sean sometidos a lo establecido por la ley, que por cierto, es muy obsequiosa”, agregó.

A su vez, la Fiscal General del Estado, Sandra Quiñonez exhortó a la ciudadanía a permanecer en sus hogares y que sean testigos de los que los medios de comunicación muestran de lo que está pasando otros países, para tomar consciencia.

“Nosotros tomamos desde el vamos las medidas restrictivas. Va ser muy triste que no podamos siquiera acompañar a nuestros seres queridos. A usted que está viajando al interior, le digo y a los familiares en el interior le pido que no reciban a sus parientes que vienen de la capital. No les reciban porque están llevando el virus”, finalizó.

Equipo Periodistico
Equipo Periodistico
Equipo de Periodistas del Diario El Independiente. Expertos en Historias urbanas. Yeruti Salcedo, John Walter Ferrari, Víctor Ortiz.

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22-11-24