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Voto censura al titular de la Ande no fue analizado

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Una vez más, la Cámara de Diputados levantó su sesión ordinaria por falta de quórum sin haber estudiado ni siquiera la mitad de los proyectos que figuraban en el orden del día de la sesión de ayer. Entre las iniciativas que debían estudiar se encontraba el proyecto de voto censura a Luis Villordo, titular de la Administración Nacional de Electricidad (Ande).

En total 29 temas debían ser analizados pero solamente llegaron a estudiar tres. La iniciativa de voto censura a Villordo figuraba en el punto 12 del orden del día. La mayoría de los diputados colorados se retiraron de la sesión ya que fueron a una reunión en la Asociación Nacional Republicana (ANR). 

Cabe mencionar que el proyecto de Resolución “Por el cual la Cámara de Diputados considera insatisfactorias las respuestas del titular de la Ande, Luis Alberto Villordo, y emite voto de censura en contra del mismo”, fue promovido por más de 30 diputados de la oposición.

Esto tras su interpelación, en la que el presidente de la empresa estatal, respondió a cuestionamientos relacionados a las numerosas denuncias de sobrefacturación, y la falta de lectura exacta de los medidores durante la fase de cuarentena total.

La diputada Kattya González (PEN), manifestó que hace pocas semanas cientos de miles de personas fueron estafadas por la Ande en plena pandemia, a través de las sobrefacturaciones en las boletas de la energía eléctrica, pero que no hubo ninguna sanción para nadie, ninguna destitución.

“Repudié desde un inicio el actuar del presidente de la Ande, logramos que venga al Congreso a ser interpelado y como las respuestas que nos dio no pasan de ser excusas baratas que insultan a todos los usuarios, planteamos el voto censura en su contra”, comentó la legisladora antes del inicio de la sesión. 

Es importante mencionar que la Ley 3926/09, que reglamenta el artículo 193 de la Constitución Nacional en su apartado dos menciona que tras la presentación del pedido del voto censura, la Cámara de Diputados deberá analizarlo dentro de los 20 días hábiles siguientes, que ya está próximo a cumplirse. 

Por otro lado, los alcances del artículo 194 de la Carta Magna, detalla que “si el citado no concurriese a la Cámara respectiva, o ella considera insatisfactorias sus declaraciones, ambas Cámaras, por mayoría absoluta de dos tercios, podrá emitir un voto de censura en su contra y recomendar su remoción del cargo al Presidente de la República o al superior jerárquico…”.

Equipo Periodistico
Equipo Periodistico
Equipo de Periodistas del Diario El Independiente. Expertos en Historias urbanas. Yeruti Salcedo, John Walter Ferrari, Víctor Ortiz.