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Media sanción al proyecto que recorta privilegios

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Tras casi nueve horas de debate, la Cámara Alta continuando la sesión virtual que había quedado en cuarto intermedio, dio media sanción y con modificaciones el proyecto de Ley “Que prohíbe las compras y contrataciones superfluas, excesivas e innecesarias, prohíbe y limita el nombramiento o contratación de parientes y asesores en la función pública, fija topes salariales para las autoridades públicas de rango superior y establece otras medidas de racionalización del gasto público”, presentado por el senador Sergio Godoy (ANR) y otros legisladores.

El punto más discutido del proyecto fue el artículo que establece un tope salarial para funcionarios de las Binacionales; que no podrán tener un salario mayor al del presidente de la República. La iniciativa pasa a la Cámara Baja para su análisis. 

En este punto, algunos legisladores argumentaron que los salarios de los funcionarios de las binacionales están establecidos por tratados y no pueden ser modificados por Ley ya que un tratado está por encima de una normativa. Sin embargo, los senadores consiguieron los votos y avanzaron los recortes en estas entidades. 

La iniciativa estipula también que ningún funcionario de los tres poderes del Estado podrá ganar más que el Presidente; se exceptúa de esta disposición a los funcionarios que prestan servicio en el exterior de la República.

Asimismo, de acuerdo al documento se prohíbe la contratación de seguro médico privado y/o medicina prepaga para toda autoridad pública de rango superior. Además, prohíbe  la adquisición, contratación y provisión de combustible para toda autoridad pública de rango superior, que solo podrá realizarse a los vehículos oficiales del Estado.  

Estipula también la prohibición de contratación y provisión de la manera que fuere, de prestaciones de servicio de telefonía celular para todo funcionario público y autoridad pública de rango superior, exceptuando los corporativos institucionales.

Así también, las instituciones ya no podrán adquirir alimentos terminados para reuniones o sesiones de autoridades y funcionarios, así como para recepciones, agasajos y refrigerios de autoridades y funcionarios, bebidas, arreglos florales, tarjetas de invitación para recepciones, eventos o de felicitaciones.

Por otra parte, señala que no se podrá realizar anualmente, solventado por fondos públicos, más de dos (viajes al exterior de la República, y, la delegación que integre o se encuentre a su cargo, no superará en ningún caso el número total de tres integrantes.

La normativa con media sanción también establece que ningún funcionario ni autoridad pública de rango superior podrá percibir en concepto de Bonificación por Responsabilidad en el Cargo, mayor al 30%mensual sobre la base del sueldo más Gastos de Representación. Asimismo, elimina el pago por “presentismo”. 

Por otro lado, limita las contrataciones de parientes en la función pública y la incorporación exclusivamente a través de concursos públicos.

Así también se limitará la publicidad por los medios privados de comunicación y plataformas digitales, en los tres poderes y en las binacionales.  Establece que el incumplimiento de las prohibiciones y obligaciones previstas en le ley, será considerado como lesión de confianza en los términos establecidos en la legislación penal. El ministerio público procederá a abrir la investigación correspondiente de oficio y denuncia de parte.

Equipo Periodistico
Equipo Periodistico
Equipo de Periodistas del Diario El Independiente. Expertos en Historias urbanas. Yeruti Salcedo, John Walter Ferrari, Víctor Ortiz.

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