El Ministerio Público desestimó la denuncia contra el exvicepresidente Hugo Velázquez y el abogado Juan Carlos Duarte Martínez por soborno, la causa penal fue abierta tras la designación de significativamente corruptos por parte del Gobierno de Estados Unidos.
De acuerdo al escrito de los fiscales Francisco Cabrera, Alma Zayas, Diego Arzamendia y Jorge Arce, se toma como referencia las designaciones del Gobierno de los Estados Unidos sobre personas significativamente corruptas y en cuyo listado figuran los anteriormente citados .
Ley de Responsabilidad de Estado de Derecho Sergei Magnitsky», la cual tiene como objetivo a los autores de abusos graves a los derechos humanos y corrupción en todo el mundo y la Ley de Asignaciones de Programas Relacionados y Operaciones Extranjeras del Departamento de Estado de 2022, que respalda un enfoque de todo el gobierno para combatir la corrupción y las finanzas ilícitas. Estas decisiones incluyen sanciones y pueden extenderse a cualquier individuo, al margen de su nacionalidad.
Dichas designaciones se habrían adoptado sobre la base de evidencias, informaciones, datos, hechos o documentos a los cuales presuntamente accedieron las autoridades del Departamento de Estado y que fueron valoradas para adoptar las resoluciones recaídas, pero que amparados en decisiones internas, no fueron compartidas con la respuesta a la solicitud de asistencia jurídica internacional promovida por el Ministerio Público del Paraguay.
Es importante mencionar que el proceso de reconstrucción histórica de un acontecimiento del pasado únicamente puede extenderse a todas las circunstancias fácticas que puedan ser acreditadas a partir de evidencias, elementos, datos objetivos, es decir, que aporten indicios fácticos que permitan la configuración de un supuesto hecho punible y que impida que aquéllas sean fundadas en elementos puramente subjetivos.
Dichas informaciones corresponden a un comunicado de prensa transmitido por el embajador Marc Ostfield, a través del cual informó al pueblo paraguayo sobre las designaciones del exvicepresidente de Paraguay, Hugo Velázquez, y del exasesor jurídico de la EBY, Juan Carlos duarte por corrupción significativa realizada por el Secretario de Estado Antony J. Blinken.
Las mismas no reportaron elementos concretos, datos, evidencias, o indicios que permitan iniciar el proceso de reconstrucción de los hechos comunicados desde el punto de vista procesal.
“Si bien es cierto, de las circunstancias fácticas informadas prima facie permiten presumir la probable comisión de un hecho punible de soborno, sin embargo, al no aportar indicios, evidencias, o datos objetivos, referentes al tiempo en que habría ocurrido este acontecimiento, la identificación del proceso público se intentó interferir, la identidad del funcionario sobornado, los datos de la investigación penal que se intentó obstruir a partir del ofrecimiento de dinero al funcionario y que amenazaba al exvicepresidente Hugo Velázquez y sus intereses financieros, así como también, los datos específicos relacionados al abuso de los recursos de la Entidad Binacional Yacyreta por parte de Juan Carlos Duarte, se torna dificultoso el proceso de reconstrucción de los hechos.”
“A pesar de esto, el Ministerio Público realizó actos investigativos tendientes a obtener elementos indiciarios, cuyo resultado no han aportado datos que puedan confirmar la hipótesis de la presente investigación. En consecuencia, se ha llegado a un estado de falta de certeza o duda, que no permite avanzar hacia una atribución de hechos en la presente causa.”
“Esta circunstancia objetiva, se encuentra prevista y regulada en los sistemas procesales con la figura de la desestimación o sobreseimiento, según sea la figura adoptada”, puntualiza el escrito.
Fuente: El Observador Py