La República secuestrada
En toda sociedad civilizada, impedir el normal funcionamiento de las instituciones y la libre circulación es un delito que, según cada legislación, adquiere diferentes niveles de gravedad. En el Paraguay, aunque esa calificación exista, queda automáticamente derogada por la costumbre instaurada desde 1989 de someter a protocolos previos cualquier tumulto callejero con ocupación de espacios públicos o trastorno a la libre circulación de personas y bienes.
Aunque el Código Penal lo prevea, el juez dicte la orden y el fiscal se disponga a hacerla cumplir, se ha sentado jurisprudencia con la adopción de “protocolos de actuación” que las fuerzas policiales deben poner en marcha antes de despejar una ruta, liberar una plaza o desocupar un inmueble invadido. Primero hay que cabildear con los ...