El Poder Ejecutivo emitió el decreto N° 5.071 en el que establecieron las medidas específicas del Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo que rige desde el 5 hasta el 12 de abril del 2021.
La circulación será desde las 05:00 hasta las 23:59 horas, tanto comercios esenciales y no esenciales. Los locales gastronómicos (bar, café, restaurantes) podrán operar desde las 05:00 hasta las 23:59 horas con agendamiento previo y con hasta un máximo de 4 personas por mesa; con distanciamiento de 2 metros entre mesas, no están habilitadas las barras y el uso intermitente y obligatorio de mascarillas.
Las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 23:59 a 05:00 horas.
EDUCACIÓN
En cuanto al sector educativo el decreto indica que se habilita el retorno seguro a instituciones educativas para el desarrollo de las clases en la modalidad virtual o híbrida-semipresencial. Estará sujeto al «Protocolo y Guía Operativa para el Retorno Seguro a Instituciones Educativas 2021», que tenga el parecer favorable del Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo (CEIGR).
EVENTOS SOCIALES
Los eventos sociales se pueden desarrollar desde 05:00 hasta las 23:59 horas, con un máximo de hasta 100 personas. Hasta 6 personas por mesas, con 2 metros de distanciamiento entre mesas con el uso intermitente y obligatorio de mascarillas. Así también, los encuentros en residencias particulares deberán realizarse con un máximo de hasta doce personas presentes.
En lo que respecta a los funcionarios públicos la jornada laboral queda de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas.
ACTIVIDADES FÍSICAS
1) Se permite la actividad física para todas las personas en espacios al aire libre en grupos de hasta cuatro (4) personas.
2) Se permite la práctica deportiva en grupos de hasta cuatro (4) personas, en locales habilitados por el MSPBS.
No se permiten las competencias deportivas (torneos) en ninguna de sus modalidades, se permiten clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados garantizando 4 metros entre personas. Actividades del sector cultural y creativo podrán ser realizadas de 05:00 a 23:59 horas, con un aforo máximo de 75 personas sentadas. Uso obligatorio de tapabocas
La realización de actos de culto, deberá llevarse a cabo con un máximo de 75 personas en espacios cerrados y hasta 100 personas en espacios abiertos o al aire libre. Estricto control en los principales accesos a la Capital y ciudades del área Metropolitana.
INFORME COVID
El 4 de abril el Ministerio de Salud procesó 5.008 muestras, 1.814 positivos, todos casos comunitarios. Total de confirmados: 221.207. Informaron 55 fallecidos, en total son 4.399 decesos desde el primer fallecimiento.
Actualmente se encuentran 2.353 internados, 431 en UTI. Así también, anunciaron 1.580 recuperados, sumando así 181.949 en total.