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Urge reglamentar ley que regula emisión de ruidos

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Para el diputado Hugo Ramírez urge la reglamentación de la Ley que regula la emisión de ruidos, la misma ya fue promulgada en el mes de enero de 2020. Adelantó que se reunió con el ministro del Interior Arnaldo Giuzzio y resaltó su predisposición para avanzar con la normativa.  

El legislador recordó que hace un año que el proyecto está aprobado. Mencionó que hubo un trámite parlamentario muy extenso sobre este tema porque el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, lo había vetado, sin embargo, ambas cámaras del Congreso se ratificaron en la importancia de la Ley. 

“Esta Ley da esperanza para poder solucionar el problema que se genera con la polución sonora en el área metropolitana, en Asunción y los cascos urbanos de ciudades del interior, así como también en gran Asunción, central o las capitales departamentales. Este es un flagelo que ya acarreó muchísimos problemas y la ley hace un año que está aprobada”, manifestó. 

Agregó que por falta de predisposición de los anteriores ministros del Interior es que esta Ley nunca fue reglamentada, porque rechazan la idea de que la Ley brinde atribuciones a la Policía Nacional. 

“De hecho, la Ley se hace cargo luego. Los datos estadísticos indican que la mayor cantidad de llamadas al sistema 911 se dan por pedido de socorro para responder el problema de polución sonora, el segundo caso es violencia intrafamiliar, que generalmente es una derivación de la polución sonora: alcohol, música fuerte y agresiones”, expresó Ramírez. 

No obstante, comentó que se reunió con el actual titular de la cartera del Interior y rescata que éste demostró mucha predisposición para trabajar en la reglamentación. Para el legislador urge la reglamentación de la mencionada normativa, teniendo en cuenta que la contaminación sonora afecta negativa e indiscutiblemente la calidad de vida de las personas y otros seres vivos. 

Las disposiciones establecidas en la Ley y en las ordenanzas municipales, deberán ser sancionadas por las municipalidades, con imposición de multas de entre cinco y cincuenta jornales mínimos; la suspensión de la habilitación para funcionar por un período de hasta seis meses (locales); y la inhabilitación en casos de reincidencia. Estas sanciones también podrán ser impuestas en forma acumulativa. 

La normativa dice que todo ruido considerado “sonido que, por su intensidad, duración o frecuencia, supere los niveles fijados como máximos, permitidos por las normativas técnicas de la autoridad de aplicación, y que por ello causen molestia, perturbación, perjuicio o daño al bienestar o a la salud de las personas o de otros seres vivos, a bienes públicos; privados o al ambiente”, será considerado como un problema. Las municipalidades establecerán la cuantía mínima y máxima de las multas aplicables, conforme al nivel y categoría del ruido. 

EN CONTEXTO 

La Ley N° 6.390, “Que regula la emisión de ruidos”, apunta a regular la emisión de ruidos capaces de afectar el bienestar o dañar la salud de las personas y demás seres vivos, a fin de asegurar la debida protección de la población, del ambiente y de los bienes afectados por la exposición a los ruidos. 

El documento dice que todo ruido que proviene de un “sonido que, por su intensidad, duración o frecuencia, supere los niveles fijados como máximos, permitidos por las normativas técnicas de la autoridad de aplicación, y que por ello causen molestia, perturbación, perjuicio o daño al bienestar o a la salud de las personas o de otros seres vivos, a bienes públicos; privados o al ambiente” serán multados los responsables.

Equipo Periodistico
Equipo Periodistico
Equipo de Periodistas del Diario El Independiente. Expertos en Historias urbanas. Yeruti Salcedo, John Walter Ferrari, Víctor Ortiz.

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