Nuevamente desde la Cámara de Diputados se impulsa una ley que va a generar discusión en la ciudadanía, en este debate podremos visibilizar a quienes comparten una mirada alejada de la realidad de la que son víctimas cientos de mujeres y niñas, así como la indiferencia de décadas de una legislación que nunca contempló este problema social.
Algunos puntos de la Ley:
a) Acoso sexual callejero: todo acto de naturaleza o connotación sexual, cometido en contra de una o más personas en lugares o espacios públicos, o de acceso público, sin que medie el consentimiento de la víctima y que produzca intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente de inseguridad u ofensivo en los espacios públicos.
b) Manifestaciones de acoso sexual callejero: se entiende por manifestaciones de acoso sexual callejero:
1) Actos no verbales o verbales, como gestos obscenos, jadeos y cualquier sonido de carácter sexual, así como también el que pronunciare palabras, comentarios, insinuaciones o expresiones verbales de tipo sexual alusivas al cuerpo, al acto sexual hacia la víctima.
2) Captación de imágenes, vídeos o cualquier registro audiovisual del cuerpo de otra persona o de alguna parte de ella, sin su consentimiento, así como la divulgación en cualquier forma de este material por parte del autor.
3) Actos de acoso sexual como abordajes intimidantes, exhibicionismo o masturbación, persecución a pie o en medios de transporte.
4) Contacto físico indebido u no consentido
5) Persecución o arrinconamiento.
Ley «Que sanciona el acoso sexual callejero» se denomina el proyecto presentado por el Diputado Hugo Ramírez, quien argumentó que el acoso sexual callejero es una de las violencias sexuales menos visibilizadas en nuestro país y, el mismo genera diariamente inseguridad y humillación a las víctimas.
Estos acosos tienen un impacto negativo en la víctima y en muchas ocasiones la misma debe cambiar su rutina o evitar ciertos lugares por miedo a que la situación escale a una agresión física.
El proyecto de ley busca proteger a todas las personas víctimas de acoso sexual callejero convirtiendo éste en un hecho punible, a fin de crear un ambiente más seguro para todos.
Nuestro país tiene materia pendiente en el tema, debido a que no existe norma que sancione estas conductas degradantes para la víctima. Así, el proyecto de ley busca dejar de normalizar una violencia que gran mayoría de las personas sufren diariamente.
En la búsqueda de mitigar y sancionar todo tipo de violencia en nuestro país, además de las campañas de concienciación, es sumamente necesario dictar normas contra todo tipo de violencia que protejan de manera integral, por lo que es oportuno sancionar conductas de acoso sexual callejero que no se encuentran dentro de la lista de hechos punibles contra la integridad sexual.
Por ende, el presente proyecto de ley sanciona con pena privativa de libertad de hasta seis meses y, en caso de que las víctimas sean menores de edad, personas con discapacidad, mujeres embarazadas u otros que se encuentran contemplados en el proyecto de ley, la pena podrá ser de hasta dos años. Además, establece las obligaciones de la Policía Nacional respecto a casos de acoso callejero.
¿Quién se ocupará de hacer cumplir esta ley? La Policía Nacional tiene la obligación de intervenir, de oficio y sin dilación, en las situaciones de acoso sexual callejero, de conformidad con la presente ley, según lo expuesto en el Artículo 3°.