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Privilegios que la ciudadanía paga

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En dos semanas más comienza el receso par­lamentario, es decir, tanto la Cámara de Senadores como la de Diputados nos sesiona­rán. Oficialmente “las vacaciones” de los legis­ladores comienza a partir del 21 del corriente hasta el primero de marzo del próximo año. De esta manera, solamente res­tan dos sesiones para fi­nalizar oficialmente este periodo parlamentario.

Este receso de más de dos meses es uno de los tantos beneficios con que cuentan los congresistas, esto sin olvidar que igual perciben sus salarios por más que no traba­jen. Cabe destacar que durante el periodo de receso entra a regir la Co­misión Permanente del Congreso Nacional que en caso de los Diputados deben ser un total de 12 legisladores titulares y 6 suplentes y en el caso del Senado 6 titulares y 3 suplentes, estos perciben su dieta sin diferencia al igual que sus compañeros que están de vacaciones.

Además de este privi­legio de vacacionar por casi tres meses, los Par­lamentarios tienen otros innumerables beneficios a las que acceden durante los cinco años que están en el Congreso Nacional como los ingresos que os­cilan a los G. 40 millones.

Esto sin olvidar los segu­ros médicos y odontoló­gicos “vip”, vehículos es­tatales, seguridad propia, fueros, cupos de combus­tibles, horarios liberados. Solamente están obliga­dos a asistir una vez a la semana para las sesiones que inclusive muchos no cumplen ya que en la ma­yoría de las sesiones nun­ca están los 45 senadores y menos los 80 diputados.

Cabe recordar que el receso de los legisla­dores está establecido en el artículo 184 de la Constitución Nacional. Los integrantes de la Co­misión Permanente del Congreso fueron desig­nados por los líderes de bancada y aceptados por los presidentes de las dos cámaras. Los deberes y atribuciones de la men­cionada comisión esta ve­lar por la observancia de la Constitución y de las leyes; dictar su propio re­glamento; convocar a las cámaras a sesiones prepa­ratorias, con el objeto de que la apertura anual del Congreso se efectúe en tiempo oportuno; con­vocar y organizar las se­siones extraordinarias de ambas cámaras, de con­formidad a lo establecido en esta Constitución; au­torizar al Presidente de la República, durante el receso del Congreso, a au­sentarse temporalmente del territorio nacional, en los casos previstos en la Carta Magna.

 

DATO 1: La Cámara de Senadores de Paraguay está compuesto por 45 legisladores y quién la preside es también el presidente del Congreso Nacional.

 

DATO 2: La Cámara de Diputados está compuesto por 80 legisladores. Cada departamento del país tiene su representante en la misma.

Equipo Periodistico
Equipo Periodistico
Equipo de Periodistas del Diario El Independiente. Expertos en Historias urbanas. Yeruti Salcedo, John Walter Ferrari, Víctor Ortiz.