El abogado Marcio Battilana, en contacto con la 730 AM, informó que cuándo la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC) hace una nominación, le obliga al país receptor, en este caso, Paraguay, a hacer un proceso de diligencia a través de instituciones estatales y vigilar el proceso.
“Desde el momento en que cualquier persona física o jurídica está incluida en las listas de control de la OFAC, de las Naciones Unidas o de la Unión Europa, nuestro país debe hacer un seguimiento a través de sus instituciones. Las sanciones de la OFAC son relativas a las monedas americanas, por lo que se debe controlar que no se hagan movimientos financieros con esas monedas en nuestro país. Deben trabajar con bancos, financieras y cooperativas”, explicó.
El letrado comentó que la OFAC puede obligar de forma indirecta a entidades como la Abogacía del Tesoro, la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales o a la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad) que vigilen el cumplimiento ya que existen tratados firmados al respecto.
“Tenemos un tratado de cooperación internacional en materia jurídica con los Estados Unidos. Si solicitan información, estamos obligados a brindarla. La OFAC no tiene un elemento directo para requerir. Ellos si tiene en base a una ley presente desde el 2014”, afirmó.