La Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto que modifica el Código Penal y la Ley N.º 2523/04 para endurecer las penas por delitos vinculados a la corrupción. Sin embargo, el estudio en particular fue postergado, por lo que los máximos, agravantes y condiciones de aplicación todavía pueden sufrir modificaciones antes de que el texto avance en el Congreso.
¿Qué aprobó realmente Diputados?
El proyecto presentado por el diputado Daniel Centurión (ANR-Capital) recibió aprobación en general el 18 de agosto de 2026, luego de contar con dictamen favorable de la Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social. La iniciativa modifica disposiciones de la Ley N.º 1.160/1997, Código Penal, su modificatoria Ley N.º 3.440/2008, y varios artículos de la Ley N.º 2523/04, que regula el enriquecimiento ilícito y el tráfico de influencias.
El respaldo parlamentario implica que existe acuerdo sobre avanzar con un endurecimiento del régimen penal frente a la corrupción, especialmente cuando intervienen funcionarios públicos, existe perjuicio al patrimonio estatal o se utiliza la función pública para obtener beneficios indebidos. Pero la Cámara todavía no aprobó el articulado definitivo.
La diferencia es relevante. La aprobación en general expresa el respaldo al proyecto como marco de reforma, mientras que el tratamiento en particular permite revisar y votar cada disposición. En este caso, esa segunda etapa fue postergada para que las comisiones asesoras, el proyectista y la mesa directiva terminen de analizar los detalles.
¿Qué penas busca aumentar la reforma?
La propuesta alcanza varias figuras penales, entre ellas lesión de confianza, asociación criminal, quebrantamiento del depósito, cohecho pasivo y agravado, prevaricato, exacción, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias y administración en provecho propio.
Esta agrupación muestra dónde se concentran los mayores máximos previstos. La lesión de confianza podría llegar a 15 años cuando el responsable sea funcionario público y el hecho haya sido cometido en ejercicio de sus funciones. Para la asociación criminal, el mismo máximo se plantea cuando exista afectación del patrimonio del Estado y participación de funcionarios.
En el caso del cohecho pasivo, la pena podría alcanzar 8 años, mientras que en su modalidad agravada llegaría hasta 15 años cuando intervengan jueces o árbitros y se vulneren sus deberes. El prevaricato podría alcanzar 15 años en casos especialmente graves. La exacción tendría un máximo de 10 años.
¿Todos los delitos tendrán realmente penas más altas?
No necesariamente. Este es uno de los puntos que la discusión en particular deberá precisar, porque el proyecto no plantea un aumento uniforme para todas las figuras.
En algunos delitos el salto respecto del régimen vigente es considerable, mientras que en otros el máximo previsto por la propuesta coincide con el límite que ya contempla la legislación. Por eso, el dato relevante no es únicamente que el proyecto “aumenta las penas”, sino qué conducta se modifica, en qué circunstancia y cuál es el nuevo máximo aplicable.
Por ejemplo, la Ley N.º 2523/04 actualmente establece para el enriquecimiento ilícito una pena de uno a 10 años, mientras que el proyecto difundido por Diputados mantiene un máximo de 10 años. En el tráfico de influencias, la legislación vigente establece hasta 3 años, o hasta 5 años cuando la influencia está dirigida a un magistrado del Poder Judicial o a fiscales del Ministerio Público; la propuesta plantea llevar el máximo hasta 10 años.
Esto muestra por qué la comparación delito por delito es más útil que afirmar simplemente que toda la reforma eleva las penas. Algunas figuras tienen un aumento concreto; otras mantienen su techo actual, mientras que determinadas conductas incorporan agravantes o condiciones específicas.
¿Cómo cambió el proyecto desde que fue presentado?
La iniciativa que llegó al pleno tampoco es idéntica a la propuesta presentada originalmente por Daniel Centurión. El proyecto ingresó al Congreso en 2025 con planteamientos más severos para algunas figuras.
La propia Cámara señala que la iniciativa busca establecer penas máximas de hasta 15 y 25 años para determinados delitos, aunque el texto actualmente expuesto ante el pleno contempla máximos de hasta 15 años para varias de las figuras centrales.
Ese recorrido es relevante porque muestra que el proyecto ya sufrió modificaciones durante su trámite legislativo. Por eso, la aprobación en general del 18 de agosto no debe confundirse con la aprobación de un texto inalterable.
El diputado Hugo Meza (ANR-Cordillera) respaldó la aprobación en general, pero planteó que el tratamiento en particular se realice posteriormente para consensuar detalles. Esa decisión dejó explícitamente abierta la posibilidad de revisar aspectos del proyecto antes de su aprobación definitiva en la Cámara Baja.
¿Qué queda por definir antes de que Diputados cierre el proyecto?
La principal incógnita está ahora en el tratamiento en particular. Allí se deberán revisar las disposiciones que modifican el Código Penal y la Ley N.º 2523/04, incluyendo las condiciones que determinan cuándo una conducta pasa a una categoría agravada y qué pena máxima corresponde en cada supuesto.
Las comisiones asesoras, el proyectista y la mesa directiva deberán definir la fecha para continuar el tratamiento. Hasta entonces, los máximos difundidos para cada figura forman parte de un proyecto que todavía no tiene una redacción legislativa definitiva.
También queda por determinar si durante la discusión se introducen nuevos cambios. El antecedente de la propia iniciativa demuestra que los parámetros de las penas pueden modificarse durante el trámite parlamentario. El proyecto que ahora recibió aprobación general todavía debe ser afinado antes de convertirse en un texto definitivo de la Cámara.
La discusión, por tanto, no se limita a decidir si las penas serán más duras. También deberá establecer qué circunstancias activarán los agravantes, a quiénes alcanzarán y cómo se compatibilizarán las nuevas sanciones con el resto del sistema penal.
¿Qué papel juega el Senado después?
Una vez que Diputados complete el tratamiento en particular, el proyecto deberá continuar su recorrido constitucional en la Cámara de Senadores. Allí el texto podrá ser analizado y eventualmente modificado de acuerdo con el procedimiento legislativo.
Esto significa que incluso después de que Diputados termine de votar artículo por artículo, la reforma todavía no tendrá necesariamente su versión final. El Senado podrá introducir cambios y, dependiendo de la decisión adoptada, el proyecto podría regresar a la Cámara de origen.
Para el sistema de integridad pública, la reforma representa una modificación relevante del marco de sanciones, pero su impacto dependerá de la redacción definitiva y de la capacidad institucional para investigar, acusar y juzgar los hechos de corrupción. El aumento de los máximos penales no modifica por sí mismo los mecanismos de investigación ni garantiza condenas.
¿Qué puede cambiar antes de que la reforma sea ley?
El escenario actual todavía está abierto. Diputados aprobó el principio de endurecer las penas, pero no terminó de aprobar la letra definitiva de cada modificación.
La próxima etapa será la que determine si los máximos de 10 y 15 años quedan firmes, si se modifican los agravantes y cómo se redactan las condiciones específicas para funcionarios, jueces, árbitros y particulares.
El proyecto avanzó políticamente, pero todavía debe superar la discusión técnica dentro de Diputados y posteriormente el análisis del Senado. La verdadera dimensión de la reforma se conocerá cuando ese proceso determine no solo cuántos años de cárcel contempla cada delito, sino exactamente en qué circunstancias podrán aplicarse.
