La Cámara Alta aprobó ayer un proyecto de ley que erradica la discriminación en razón de maternidad y paternidad y garantiza la igualdad de condiciones para el acces a las unidades académicas de formación de la Policía Nacional. La iniciativa original solamente plantea permitir a la mujer con hijo poder concursar, pero el pleno decidió incluir varias modificaciones enfatizando lo que establecía el proyecto inicial.
El documento con media sanción tiene por objeto eliminar toda forma de discriminación que tenga como propósito restringir, excluir o impedir, el acceso a la postulación, selección y la admisión como aspirantes a las Unidades Académicas de formación de la Policía Nacional, por motivos de origen étnico, idioma, origen social, aspecto físico, posición económica, estado serológico, sexo, estado civil, filiación, maternidad, paternidad o cualquier otra condición no vinculada a la idoneidad para la función policial.
Así también incluye un apartado en donde señala que no será impedimento contar con modificaciones corporales voluntarias, como tatuajes o piercing; siempre y cuando los mismos no contengan un mensaje homófobo, xenófobo, violento u ofensivo, simbolicen a grupos criminales nacionales o extranjeros, hagan apología al consumo de estupefacientes, o representen a partidos o movimientos políticos.
Estipula que si alguna persona es discriminada, el defensor del Pueblo o la persona afectada, haya o no interpuesto el recurso de reconsideración, por el incumplimiento de la Ley, podrán a su elección, acudir ante cualquier Juez de Primera Instancia con jurisdicción en el lugar de su domicilio, o donde tenga asiento la Comandancia de la Policía Nacional, dentro del plazo de sesenta días.
“Si de los fundamentos del escrito de interposición de la acción o en cualquier otro momento del proceso resultare, a criterio del Juzgado, la necesidad de su inmediata actuación, éste dispondrá, con carácter provisional, las medidas que correspondieren en protección del derecho presuntamente negado o menoscabado”, menciona en una parte el documento.
Además, la normativa con media sanción también señala que en casos de que existan aspirantes a la Academia o al Colegio de Policía que no hayan informado su condición de madre o padre al momento de la admisión y con posterioridad hayan sido excluidas a dadas de baja por esa razón, por Resolución del Comandante de la Policía Nacional, serán reincorporadas.
“El Comandante de la Policía Nacional dispondrá la admisión inmediata a requerimiento de las mismas, una vez entrada en vigencia la presente ley, siempre y cuando reúnan los demás requisitos de selección y admisión previstos”, dicta parte de la Ley aprobada.
Durante el tratamiento de la iniciativa, el proyectista senador Víctor Ríos (PLRA) dijo que cuándo el Estado condiciona el acceso a un puesto o en este caso para una formación, está violando el artículo 49 de la Constitución Nacional.