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¿Hablan en serio?

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¿Portar armas de fuego en defensa propia?

Anda por ahí un proyecto legislativo según el cual, mediante algunos retoques a cierta ley regulatoria, cualquier ciudadano podría portar un arma de fuego y utilizarla en legítima defensa. Esta idea hace imprescindible marcar la diferencia existente entre “tenencia” y “portación” de armas de efecto letal.

La tenencia es propia del recinto hogareño que, como sanctasanctórum familiar, debe ser defendido ante una agresión externa que acarree peligro inminente para sus integrantes. En una emergencia de esta naturaleza y en situación extrema, un arma de fuego nivela la situación y tiende a garantizar vidas y haciendas.

La portación cambia el ángulo, confiriendo más proactividad al concepto. Implica ir por la vida calzando un arma cargada y lista para disparar, un hecho no menor porque generaliza, al menos en potencial, el uso de la fuerza letal ante situaciones que pueden tener una altísima carga de subjetividad. No todos tenemos la misma idea de “peligro inminente para la vida”. En consecuencia, hay un amplio abanico de reacciones extremas que, de no contar con algún freno, nos llevaría de vuelta a las cavernas.

Esos frenos existen. Están contenidos en la ley 4.036 que determina quiénes pueden obtener un permiso de portación. Son requisitos restrictivos cuya efectividad, sin embargo, depende de la calidad e integridad de la autoridad de aplicación. La idea es que un arma de fuego no vaya a parar a manos de personas emocionalmente inestables, fácilmente irascibles o prepotentes que se escudan en padrinazgos políticos o poderes económicos.

Las historias de excesos cometidos con armas letales desbordan los titulares de los periódicos y los noticieros de TV. Es paradigmático el episodio protagonizado hace unos años por una modelo y presentadora de televisión que intentó zanjar un pleito de pareja disparando al bulto un arma de fuego en un sitio público. Receta para el desastre.

Resultado: un transeúnte herido.
Principio básico para poseer y utilizar un arma de fuego: tener siempre presente el daño irreversible que se puede ocasionar con ella, incluso disparándola con las máximas precauciones y con causa justificada. Un arma de fuego debe ser siempre la ultima ratio y empleada por quienes tienen autoridad legal para hacerlo.

No hacen falta más leyes. Sólo sensatez para aplicar las que ya existen.

Equipo Periodistico
Equipo Periodistico
Equipo de Periodistas del Diario El Independiente. Expertos en Historias urbanas. Yeruti Salcedo, John Walter Ferrari, Víctor Ortiz.

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