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Funcionarios públicos podrán hacer horario escalonado en 45 días más

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El pasado 20 de mayo fue promulgada la Ley Nº 6531 que establece un horario de trabajo escalonado  y una jornada acumulativa voluntaria para funcionarios públicos. La misma está en etapa de reglamentación y estará lista en unos 45 días más para su aplicación, según informaron desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. 

El proyecto fue presentado el año pasado por el Senador Enrique Salyn Buzarquis y elaborado por el analista económico Amilcar Ferreira, a fin de descomprimir el tráfico y sugiere que los horarios masivos de ingreso a la capital sean escalonados, a modo de poder evitar las horas pico. 

Unas 700.000 personas ingresan y salen de la capital del país diariamente al mismo tiempo, generando un caos vehicular que va en aumento. 

Amílcar Ferreira, mentor del proyecto, destacó en su momento  que actualmente se pierden hasta unas 4  horas por día en el traslado hasta el trabajo por el estricto horario. Apuntó que “esto se debe a la gran congestión vehicular que se da a las 6.00 y las 18.00. Además los buses llenos son un riesgo para los pasajeros, mientras que los niños no descansan ni rinden bien en la escuela por madrugar. Asunción es una de las pocas capitales del mundo que mantienen un horario laboral tan estricto”, indicó Ferreira. 

Por su parte, el legislador Buzarquis, insistió que “el problema es que todos salen y entran a la misma hora a la ciudad de Asunción”. “Estamos hablando de 700.000 personas aproximadamente”, indicó. 

EL ALCANCE

La ley establece un marco de horario habitual de trabajo de 8 horas, respetando la carga horaria establecidas, los descansos contemplados en la ley y los contratos colectivos de trabajo vigentes. Así también, la jornada diurna y nocturna con sus beneficios establecidos. 

Con esto por ejemplo, las  Instituciones Educativas del sector público y privado subvencionado, podrán iniciar sus actividades a las 08:00 horas, debiendo adecuarse su horario de finalización a la carga horaria establecida por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), contemplando además las peculiaridades de las Instituciones con doble escolaridad.

Asimismo, el Poder Judicial podrá establecer más de dos horarios laborales diferenciados para la jornada, debiendo preferentemente iniciar la jornada con los funcionarios que cumplen funciones sin atención al público en el ámbito administrativo y jurisdiccional , para después iniciar la jornada laboral con los funcionarios que cumplen funciones en contacto con los profesionales y usuarios del servicio de justicia en general. Pudiendo el funcionario, según la naturaleza de la función que cumple, solicitar un horario u otro.

Los servicios de recolección de residuos, deberán realizar su trabajo en horarios nocturnos, con excepción de las zonas donde funcionan locales gastronómicos, donde deberá realizarse el servicio luego de culminada la jornada nocturna, entiéndase entre las 02:00 y las 06:30 horas, de manera a incentivar la economía nocturna de las ciudades.

“En mi opinión esto no solo ayudará a la organización urbanística sino que debemos apuntar a la calidad de vida del trabajador. El tiempo que se pierde en el tránsito es un tiempo de la familia o de descanso,  que siempre terminará motivando al trabajador y podrá producir aún más en sus actividades”, señaló el viceministro de Empleo, del Ministerio de Trabajo, Daniel Sánchez.

Equipo Periodistico
Equipo Periodistico
Equipo de Periodistas del Diario El Independiente. Expertos en Historias urbanas. Yeruti Salcedo, John Walter Ferrari, Víctor Ortiz.

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