El tribunal de sentencia presidido por el juez Manuel Aguirre, condenó a 16 de prisión al médico Miguel Ángel Cavallo, por el homicidio doloso de la joven Maylén Romero, ocurrido el 30 de diciembre del 2020.
Para el tribunal quedó probado en juicio la responsabilidad de médico en la muerte de la joven Maylén quien se sometió a una cirugía estética y falleció durante el procedimiento.
«Con la salud no se juega. Este caso debe llamar la atención de las autoridades encargadas del control de las clínicas donde se hacen cirugías estéticas», señaló el juez Manuel Aguirre, presidente del tribunal de sentencia, informó el periodista Carlos Ortega, publicó Judiciales.net.
El tribunal aplicó la ejemplar sentencia de 16 años de cárcel al médico cirujano Cavallo y además ordenó la prohibición del ejercicio de la medicina por un periodo de 10 años.
La agente fiscal de la causa Claudia Aguilera, requirió la condena de 20 años de prisión para el médico, pero el tribunal consideró que condena justa que debe ser purgada por el hoy condenado es la de 16 años de encierro.
Antecedentes
En fecha 30 de diciembre de 2020 aproximadamente a las 16:20, Maylen Romero Ledesma junto con su novio Fernando López Blanco habrían concurrido al Sanatorio Medicis, para realizarse una cirugía de implante mamario (Mamoplastía), previa consulta médica con el doctor Miguel Ángel Cavallo con quien contactó días antes para la intervención quirúrgica. Según la imputación fiscal, el médico realizó el procedimiento solo sin un anestesiólogo que lo acompañe.
Aproximadamente tres días antes el Doctor habría llamado al Hospital Medicis para solicitar la reserva de una sala de quirófano, con el fin de realizar una cirugía ambulatoria de párpados, sin internación, esto fue anotado en la agenda del Sanatorio Medicis por parte del Licenciado en Enfermería Dionisio Vera, “fecha 30 de diciembre de 2020, 17 hs Cirugía de Párpados”, conforme su petición. Este agendamiento de cirugía, que en realidad fue de implantes de mamas, correspondería a la víctima fatal.
Ya durante el procedimiento, el Licenciado Vera se había percatado de que no se trataba de una cirugía de párpados y reclamó al profesional, pues los elementos preparados no eran los correspondientes, sin embargo, este de todas formas continuó la preparación de la anestesia a ser aplicada a la mujer, utilizando así tres frascos de supuesta lidocaína.
Seguidamente, la paciente convulsionó tres veces varios minutos y aun así el médico continuó con la operación, por lo que el enfermero acudió a un médico de guardia, quien trató de reanimar a Maylen y requirió con urgencia su traslado a una sala de terapia intensiva, a lo que el cuerpo de la mujer ya no resistió y falleció.
La junta médica determinó que el mecanismo de la muerte de Maylen Analía Romero Ledesma fue la parada cardiorrespiratoria inducida por sobredosis de medicación anestésica local con vasoconstrictor, combinada con efecto depresor de medicación sedante, falta de monitoreo de los efectos adversos que aparecieron debido a la sobredosis, omisión de los procedimientos normales al presentarse las complicaciones, falta de acompañamiento necesario durante el traslado en condiciones críticas.