La Cámara de Diputados sancionó, el pasado miércoles, la ley que establece una compensación histórica a los extrabajadores y constructores de la usina de Itaipú. Se trata de US$ 940 millones a ser distribuidos entre más de 15 mil obreros.
La iniciativa ahora está en manos del Ejecutivo que deberá promulgar o vetar. Si bien, al término de esta edición el mandatario aún no se pronunciaba, Hernán Huttemann, jefe de gabinete civil de la presidencia, ya anunció que recomendará el veto al mandatario nacional.
Este es un caso en el que los empleados de los contratistas paraguayos, en su momento ya fueron totalmente indemnizados por medio de esas empresas contratistas. Fueron indemnizados conforme a la ley paraguaya. Los que fueron compensados en el lado brasileño, fueron empleados por la Itaipú. A diferencia de los paraguayos, los empleados de Itaipú fueron indemnizados por unas prestaciones previstas en la ley brasileña. Por el contrario, los del lado paraguayo recurrieron a la Justicia y llegaron incluso ante la Corte Suprema de Justicia (CJS) donde perdieron en todas las instancias.
Santiago Aníbal González, abogado, asesor y litigante laboral, explica que ya quedó demostrado que en el lado paraguayo no estaban previstas las prestaciones que si estaban previstas en el lado brasileño y por tanto son situaciones jurídicas totalmente distintas. “Es una situación política que no tiene respaldo jurídico a estas alturas ya que no puede existir un derecho tantos años después como lo fue la construcción de la hidroeléctrica”, comentó.
El letrado explica que en el fondo de la cuestión pareciera darse justicia ya que por igual peligrosidad, corresponde una igual remuneración, pero resaltó que este no es el momento para pedir estas reivindicaciones. “La vida, la salud o la integridad física de un brasileño no vale más que la de un paraguayo. Por lo tanto, en su momento, probablemente se pudo haber negociado mejor las condiciones jurídico laborales de estos trabajadores. Por tanto, pasado tantos años, con las reservas de la prescripción del caso ya no cabe un otorgamiento jurídico al respecto”, sentenció.