La Cámara de Diputados postergó por ocho días el tratamiento del Proyecto de Resolución, “Que cita e interpela a la ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Carla Bacigalupo Planas”. El documento había sido presentado por varios diputados con el propósito de despejar dudas acerca de la capacidad de gestión al frente de una de las carteras ministeriales claves en este momento de crisis ante la pandemia del Coronavirus.
De acuerdo al proyecto, la citada alta funcionaria está siendo, constantemente, cuestionada por referentes empresariales, de trabajadores, profesionales abogados, expertos en materia laboral, entre otras agrupaciones gremiales y que la pandemia del Coronavirus, simplemente, desnudó una incompetencia que se arrastra desde que la citada funcionaria pública ha asumido un cargo de extrema sensibilidad y proyección social.
“La clase política tiene la obligación de atender las innumerables quejas y denuncias generadas en torno al liderazgo de la interpelada, quien lejos de colocarse a la altura de las circunstancias ha protagonizado posiciones y decisiones, absolutamente, cuestionables, desde el punto de vista ético y jurídico”, expresa el documento.
Igualmente refiere que la misma ha convertido a un ministerio técnico en un espacio político-partidario, absolutamente, disociado de la realidad, donde el diálogo franco, honesto y sincero con los sectores empresariales y trabajadores está, literalmente, ausente y a merced de medidas arbitrarias que flaco favor le hacen a la difícil situación por la cual está atravesando miles de compatriotas, según el escrito.
Así también cuestiona nombramiento de funcionarios, compras públicas y utilización del presupuesto de la institución en hechos vinculados, supuestamente en actos de corrupción, que hasta ahora no fueron esclarecidos, según la exposición, y que merecen una explicación clara y contundente a la ciudadanía por parte de la ministra Bacigalupo, en su calidad de ordenadora de gastos.
El proyecto se sustenta en lo que establece el artículo 193 de la Constitución Nacional en donde se establece que “cada Cámara por mayoría absoluta, podrá citar e interpelar individualmente a los ministros y a otros altos funcionarios de la Administración Pública”.