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Ley Riera: Una normativa represiva y no preventiva

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El impulso del senador colorado Enrique Riera para modificar el artículo 216 del Código Penal, sobre las intervenciones peligrosas en el tránsito terrestre, puso sobre la mesa un nuevo tema para el debate: la hiperinflación legislativa existente en nuestro país y en la mayoría de las naciones latinoamericanas.

Para el abogado penalista, el Dr. José Casañas Levi, sancionar leyes, pensando que estas por el simple hecho de estar sancionadas solucionan conflictos sociales, sean estos válidos o no, sin utilizar las herramientas que se tienen, es un error porque nunca ha funcionado de manera histórica.

Dr. José Casañas Levi

“La conducta que se quiere instalar ya se encuentra prevista en el código penal, en ese mismo artículo que se desea modificar. Obstaculizar el tránsito de cualquier manera ya constituye un delito, por ello aumentar la pena no solucionará el problema porque simplemente no garantiza el libre tránsito”, expresó el experto.

El Dr. Casañas Levi explicó que la modificación planteada constituye simplemente una herramienta para abrir una investigación, pues el libre tránsito es un derecho que corresponde garantizar al cuerpo policial. En ese sentido, la Policía debe llevar a cabo una labor preventiva, pues a decir del abogado, una vez que ocurre el cierre de rutas a quien lo ocasiona no le interesa la ley, sino el hecho de no ser impedido para llevar a cabo el bloqueo.

“Esa tarea de la Policía está en la Constitución Nacional, en la Carta Orgánica, entre otras, pero ya resulta frecuente en todos los países, no solo en Paraguay, que ante conflictos frente a los cuales el Estado se ve incapacitado de solucionar, se recurra a una norma penal”, manifestó el abogado.

Entonces, teniendo en cuenta que el aumento de una condena no se encuentra relacionado con la disminución de un hecho delictivo, el Dr. Casañas Levi indicó que considera importante el refuerzo de las normas ya existentes, pues la Policía es la responsable de mantener el orden público y garantizar la seguridad de las personas.

“Se debería trabajar más en la parte de prevención, no en la parte de represión. Si viéramos una conducta que no está prevista, sería comprensible, pero si ya se encuentra en el Código Penal, lo más efectivo sería trabajar con el refuerzo de la labor policial”, declaró el penalista.

EJEMPLOS DE FRACASO
Reforzando que al buscar un castigo mayor en una reglamentación ya existe, no se llegaría a contar con un menor número de hechos delictivos, el Dr. Casañas Levi habló de algunas normativas que pasaron por modificaciones, pero no reflejaron cambios determinantes en la problemática.

Una de las más resaltantes es la ley que lucha contra los hechos de feminicidio, la cual luego de su modificación en el 2018, previó el aumento de la condena del victimario hasta 30 años de prisión. Sin embargo, de acuerdo a los datos de la entonces Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos, de 40 casos de feminicidios y 21 tentativas registradas de enero de 2017 a marzo de 2019, se dictaron solo 5 condenas por feminicidio y 3 por Feminicidio en grado de tentativa.

“En la misma situación se encuentran varias leyes más, como la que habla de la lucha contra el secuestro en el artículo 126 del Código Penal, la cual pasó hasta por 4 modificaciones y aumentó su pena”, ejemplificó. Así también, el penalista habló de otra normativa similar, como la que condena el abuso sexual de niños, encontrada en el artículo 135.

Con esto, el penalista puntualizó que ninguna de las leyes con penas muy altas modificó la situación de la criminalidad de los hechos. Los feminicidios no disminuyeron, los abusos de niños tampoco, ni mucho menos los secuestros; viendo ahora la introducción de una modificación al artículo 216, se observaría que la reglamentación seguirá el mismo destino que las demás normativas: no resolverá el problema real.

“Esto solo pone en evidencia que este no es el camino y no se debe pensar que esto solucionará el problema y tampoco lo va a prevenir porque no es una función de la ley penal prevenir nada, sino castigar”, sentenció el abogado.

Equipo Periodistico
Equipo Periodistico
Equipo de Periodistas del Diario El Independiente. Expertos en Historias urbanas. Yeruti Salcedo, John Walter Ferrari, Víctor Ortiz.