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Circo: irrisorias condenas en el caso «audios filtrados»

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El Tribunal de Sentencia absolvió de culpa a Óscar González Daher, Raúl Fernández Lippmann y Carmelo Caballero por el hecho punible de asociación criminal.

La vergonzosa  condena es de 2 años a Óscar González Daher y Raúl Fernández Lippmann con beneficio de suspensión: 7 años de inhabilitación para ejercer la función pública. Por otro lado, Carmelo Caballero fue condenado a un año y ocho meses, también con beneficio de suspensión: 5 años de inhabilitación para ejercer la función pública. Los tres no irán a la cárcel.

Escuchas telefónicas divulgadas por un medio radial en el 2017 revelaron un esquema de extorsiones que llevaba adelante Óscar González Daher, entonces presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) para salvar a políticos y otros “amigos” que debían afrontar casos judiciales.

A pesar del logro histórico que significó la expulsión del senado de Daher en diciembre del 2018, existe un temor de que la causa sólo otorgará una condena flexible para el político luqueño.

Antecedentes
El Ministerio Público sostiene que logró probar los hechos por fuera de las grabaciones publicadas, mientras que las defensas llenaron de incidentes el juicio.

Luego de tres fallidos intentos de inicio del juicio, Lippmann; los ex senadores y miembros del JEM, Jorge Oviedo Matto y Oscar González Daher; y el abogado y ex ministro del Interior, Carmelo Caballero, se sentaron en el banquillo de los acusados ante el Tribunal de Sentencia integrado por Juan Carlos Zárate (presidente), María Fernanda García de Zuñiga y Héctor Capurro.

Un hecho llamativo y que sorprendió a todos es que al empezar el juicio la representante del Ministerio Público, Natalia Fuster solicitó al Tribunal la exclusión probatoria del audio presentada por la defensa de Oviedo Matto.

De esta forma, la Fiscalía busca evitar la nulidad del juicio y el proceso, pues las normas penales establecen que la defensa puede solicitar que se declare nulo el proceso, aunque sea la misma la que haya presentado una prueba ilegal.

AUDIOS NO SON PRUEBAS

En este sentido, el fiscal Rodrigo Estigarribia había dicho en ese momento que los audios no fueron ofrecidos como pruebas en la acusación. “El Ministerio Público no sostuvo la acusación sobre la base de los audios, sino a través de otros medios de prueba que dan la probabilidad de que ocurrieron los hechos. Hay que aclarar que los audios fueron el inicio de la investigación, lo que se conoce como noticia criminal (notitia criminis) que dio arranque a la investigación”, explicó el fiscal.

 

Equipo Periodistico
Equipo Periodistico
Equipo de Periodistas del Diario El Independiente. Expertos en Historias urbanas. Yeruti Salcedo, John Walter Ferrari, Víctor Ortiz.