viernes, mayo 17, 2024
14.7 C
Asunción

Multiculturalidad

De igual manera, la Carta Magna garantiza el derecho de los pueblos indígenas a preservar y a desarrollar su identidad étnica en el respectivo hábitat.

Tienen derecho, asimismo, a aplicar libremente sus sistemas de organización política, social, económica, cultural y religiosa (CN/92, Art. 63).
El Estado respetará las peculiaridades culturales de los pueblos indígenas especialmente en lo relativo a la educación formal.

Para alcanzar estos objetivos el país cuenta con la Ley N° 3231/07 de Educación Indígena, que garantiza una educación inicial, escolar básica y media acorde a los derechos, costumbres y tradiciones de cada pueblo, con la finalidad de fortalecer su cultura y posibilitar su participación activa en la sociedad (Art. 1).

Este es el marco para el Manifiesto del Consejo Nacional de Educación Indígena, conformado por representantes de todos los pueblos originarios, que fuera entregado al MEC, en fecha 28 de octubre de 2021, como parte del pacto social por la Transformación Educativa.

Rocio Robledo
Rocio Robledo
Coordinadora del Proyecto de Transformación Educativa

Más del autor