Las nuevas medidas rigen en el marco del levantamiento gradual de la cuarentena sanitaria por la pandemia del Covid-19.
Ayer el Gobierno Nacional anunció el nuevo plan de levantamiento gradual del aislamiento preventivo general en el territorio nacional a causa de la Covid-19. Este nuevo decreto que rige desde hoy, martes, 10 hasta el 24 de agosto, elimina la obligatoriedad de trabajar en cuadrillas, la modalidad de teletrabajo y el grupo de vulnerabilidad en el sector público. Además, amplía las burbujas educativas.
Con esta nueva medida se elimina la obligatoriedad de trabajar en cuadrillas, la modalidad de teletrabajo y el grupo de vulnerabilidad en el sector público, de esta manera, todos los funcionarios públicos tendrán horario laboral de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas.
No obstante, se exceptúa de esta disposición a los funcionarios y empleados públicos que prestan servicios médicos o para el sistema de salud, los funcionarios afectados a los servicios públicos imprescindibles para la comunidad, a aquellos funcionarios de entidades rectoras que administran recursos a nivel nacional y de las instituciones prestadoras de servicios a los sectores productivos del país.
El decreto N° 5.790, establece en primer lugar que los ciudadanos podrán circular desde las 05:00 horas hasta las 01:00 horas. Se mantienen las mismas medidas para los ámbitos: gastronómicos, eventos sociales, culturales, de culto y actividades físicas. También se mantienen las excepciones para los sectores imprescindibles (24 horas).
En lo referente a la autorización a docentes para asistir de manera presencial en todas las instituciones educativas en donde cumplen funciones; y a la ampliación de la cantidad máxima de integrantes de los grupos burbujas conforme al espacio físico del cual se disponga, debiendo garantizar en todos los casos el distanciamiento físico de 1,5 a 2 metros entre personas.
Asimismo, las instituciones de educación superior seguirán con la modalidad de educación a distancia. Podrán implementar las clases semipresenciales conforme al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud Pública siempre y cuando cuenten con el parecer favorable del Cones. De esta manera, otorgan a los padres la posibilidad de elegir la alternativa entre clases híbridas o virtuales que consideren más conveniente para sus hijos.
El decreto promulgado por el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, se dio a conocer ayer en horas de la tarde y la medida tiene una duración de 15 días, desde hoy.
Esta nueva disposición se da en el momento en que Paraguay registra una disminución de pacientes en el área de cuidados intensivos. De contar con 800 casos COVID y polivalentes, actualmente el número de ocupación llega a menos de 300 camas UTI. Además, siguiendo con el plan de vacunación masiva de segunda dosis para varias personas de diferentes edades.