La legisladora brindó una conferencia de prensa, previa a la sesión de diputados donde resaltó que ningún parlamentario podrá ser enjuiciado por sus dichos.
“El juez Báez debía rechazar in limine (desde el inicio) este pedido y no dar lugar a la querella como lo hizo. Debía leer el artículo 191 de la Constitución Nacional. Si hubiera sido otro tipo penal hubiera puesto a disposición mis fueros, pero esta es la única garantía que tenemos. Podemos decir lo que no pueden decir los ciudadanos comunes. Ese es el espíritu de ser legislador”, expresó.
Señaló que justamente el artículo 191 fue redactado para que los legisladores sean libres de opinar. Adelantó que si se aprueba su desafuero recurrirá a sus abogados.
“Esto es una aberración y sentarán las bases para censurar a más parlamentarios”, sentenció.
El artículo 191 de la Constitución Nacional (CN) explica que ningún miembro del Congreso puede ser acusado judicialmente por las opiniones que emita en el desempeño de sus funciones.
Amarilla denunció ante el pleno de la Cámara Baja sobre supuestos vínculos que mantiene Villalba con el crimen organizado. Utilizó publicaciones periodísticas como pruebas.
NÚÑEZ
Basilio “Bachi” Núñez, diputado nacional por la ANR (cartista), cuestionó en redes sociales que Duarte Cacavelos haya querellado en su momento a Víctor Bogado cuando era senador. Esto tras cuestionamientos al fallecido Franklin Boccia, (esposo de Amarilla). En otras palabras, cuestiona que en su momento no haya tenido en cuenta el artículo 191 de la Constitución Nacional y ahora sí.
CACAVELOS
Guillermo Duarte Cacavelos, abogado de la legisladora, expresó que esta cuestión viola el artículo 191 de la CN. Afirmó que pedirán vía nota que se revoque esta providencia que le envió la querella a la Cámara de Diputados.
“No es un pedido de expulsión, es un pedido de desafuero. Para someter a un proceso penal, claramente forma parte de medidas políticas de un sector contra otro que están en permanente puja”, señaló.
Dijo finalmente que esto dejará un precedente peligroso judicial y parlamentariamente de llegar a aprobarse.
“Esto es inadmisible y está prohibido por la Constitución Nacional. La querella contra Víctor Bogado no estaba relacionada a sus labores legislativas. Bogado en su momento atribuyó de un hecho punible a un fallecido y eso fue en el marco de un proceso penal estando ya desaforado”, culminó.