El penal del Buen Pastor actualmente cuenta con cerca de 500 mujeres privadas de su libertad, a pesar de las falencias con las que cuenta el sistema penitenciario existen programas que buscan la verdadera rehabilitación y reinserción social para las personas privadas de su libertad.
Las diez mujeres que disfrutaron del acontecimiento futbolístico y de un recorrido por las instalaciones del estadio de La Nueva Olla, en Barrio Obrero, son personas que están en proceso de ejecución de su pena y fueron beneficiadas con una medida de libertad transitoria.
Cecilia Pérez, ministra de Justicia, explicó que el grupo de mujeres actualmente vive detrás del penal del Buen Pastor, llamado “Hogar nueva oportunidad”. Las mismas están en un régimen de semilibertad, lo que significa que están próximas a su salida de la vida presidiaria.
La excursión al estadio se dio como recompensa al cumplimiento a cabalidad de los procesos judiciales, señaló la ministra. “Es una etapa de confianza que se llama período de prueba y están en ese establecimiento por orden judicial, estas 10 chicas tienen antecedentes de buena conducta, participan en los programas de rehabilitación y reinserción social”, comentó Pérez.
La encargada de Justicia sostuvo también que las mujeres fueron sin esposas ni control directo de personal penitenciario, pero rescató que algunos funcionarios acompañaron esta salida. Es una de las formas de contribuir con su reincorporación dentro de la sociedad luego de su salida del penal.
“Ellas ya están en un período de autodisciplina, por eso es que están en el establecimiento Nueva Esperanza donde ya no hay más celdas, sino que son pequeñas casitas en el que son responsables del arreglo de su dormitorio”, subrayó Pérez.
En ese contexto es que formaron parte de esta actividad durante la tarde del domingo 13, posteriormente regresaron al hogar.
La fundación Cerro Porteño hizo la invitación en el marco del apoyo que realiza a los programas de reinserción social implementados por el Ministerio de Justicia. Accedieron a la salida considerando el Artículo 129 del Código de Ejecución Penal.