Los abogados de Darío Messer apelaron la Sentencia Definitiva que dispuso el comiso de las empresas y bienes vinculados a estas, alegando que durante todo el proceso se violaron los derechos de la defensa.
Las Abogadas Sara Parquet y Paola Gauto apelaron la Sentencia Definitiva Nº 3 del 3 de enero de este año, dictada por el Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Claudia Criscioni, e integrado por Yolanda Morel y Jesús Riera, y en ese sentido solicitó la nulidad de la sentencia, a la cual califica de arbitraria y sin fundamento.
En su escrito, la defensa refiere que desde el principio del proceso se han violado los derechos de su representado, Darío Messer, al no notificarlo debidamente. “Solo se ordena la publicación de los edictos de citación, y emplazamiento, a modo de suplir la notificación que correspondía hacer a las partes (no pueden alegar desconocimiento de domicilio de Darío Messer, siendo que el mismo MP, dijo que estaba con prisión domiciliaria en Rio de Janeiro en esas fechas) es así, que ya desde ese momento se denota la grave violación de derechos a la defensa”.
Alega que esta situación fue agravada al no dar intervención a sus abogados, nombrando a un defensor público para representarlo en el proceso. Recién después de varios intentos los abogados designados por Messer logran la intervención pero en la etapa de juicio oral y público.
Otro de los motivos por el cual solicita la anulación de la sentencia es por la por indeterminación de hechos antijurídicos concretos en la solicitud de comiso. en este sentido, sostiene que “se ha llegado al extremo de sustentar la solicitud de comiso, sin siquiera describir de los supuestos hechos antijurídicos que justificarían el comiso por el Ministerio Público” y ante esta orfandad, fue el Tribunal de Sentencia el que “buscó cómo justificar la decisión hoy recurrida, incluso buscar las pruebas, y tomar aquellas que el propio Ministerio Público desistió”.
También asegura que se violó el derecho de la defensa de impugnar las pruebas. “El Ministerio Público pretende acreditar la viabilidad del comiso autónomo de las acciones de Darío Messer en la firma CHAI S.A.y MATRIX REALTY S.A. y de los bienes que pertenecen a esas dos sociedades respaldándose en pruebas que el Ministerio Público Federal ha observado y advertido que no podían ser utilizadas para iniciar procesos penales, administrativos o civiles contra Darío Messer por haber sido colaborador de la Justicia Brasilera”, expuso.
Agregó que “los fiscales intervinientes en el procedimiento de comiso autónomo no hicieron ninguna referencia en relación a su adhesión al acuerdo de delación premiada, sencillamente porque tal adhesión no existía según la información que fue obtenida a través de informes preliminares del Ministerio Público Federal. – y el firmado por los dos fiscales paraguayos que no eran competentes”.
Otro de los argumentos de la defensa es la “insólita violación y negativa de participación en audiencia de preparación”, por parte del juez de Garantías, lo que impidió que los representantes de Messer puedan participar de dicha diligencia, “privándolo del derecho a ofrecer e impugnar pruebas”.
Entre otras causas, resaltan el uso indebido de la delación premiada de Messer y la “alevosa distorsión” del contenido del testimonio.
La defensa enfatiza en su escrito que “en ningún momento se cuantificó el monto del dinero supuestamente lavado, para de ese modo justificar la cuantía de los bienes comisados; el Tribunal arbitrariamente, y en base a un relato de hechos que no fue expuesto, no fue probado y usando pruebas incluso de los que fueron desistidos por el Ministerio Público, argumenta el comiso de todos los bienes de las Empresas CHAI, MATRIX, además de los bienes personales de Darío Messer, cuentas bancarias, y vehículos automotores”.
Finalmente sostuvo que la única solución jurídica viable, es la declaración de nulidad de la Sentencia y retrotraer a la audiencia de preparación del juicio.
Fuente: El Observador Py