El pasado 27 de mayo, el Poder Ejecutivo vetó parcialmente el proyecto de ley que permite a los funcionarios rectificar sus declaraciones juradas de bienes e ingresos, y eliminaba el rol de la Contraloría General de la República (CGR), de denunciar ante el Ministerio Público los casos imputables.
El único artículo vetado fue el 14, que establecía el deber de la Contraloría de denunciar en caso de que las rectificaciones en las DDJJ sean imputables.
El Senado podría tratar esa semana este veto. Sin embargo, para algunos legisladores, existe muchas posibilidades que se termine aprobando lo determinado por el mandatario nacional, atendiendo que, para su rechazo, se necesita de una mayoría absoluta (mitad más uno del total de legisladores).
KENNEDY
Celso Kennedy, diputada nacional por el Partido Liberal (PLRA), señaló que a los legisladores que aprobaron el documento no les interesa perseguir a los que falsean sus declaraciones juradas.
“Se fue la ley inocua. Ahora vuelve al Congreso tras el veto. Ya no tiene sentido de que alguna de las cámaras intente ratificarse en favor del veto. No creo que existan los números para el efecto”, comentó.
Informó que para rechazar el veto se necesitan de 41 votos en la Cámara de Diputados y de 23 en la Cámara de Senadores.
“Se mutiló la ley al ser modificada. No creo que prospere más”, culminó.
AMARILLA
Celeste Amarilla, diputada nacional por el Partido Liberal (PLRA), celebró que el presidente de la República, entendió que tuvo la oportunidad de hacer una cosa bien.
“Pudo resarcirse con el pueblo vetando esa ley que está dirigida a esconder bienes y plata mal habida. Que, si la interna colorada puede ayudar al país que ayude, que después se abracen si quieren”, expresó.
Señaló que este proyecto de ley fue una de las tantas que faltaron al respeto del pueblo que cada tiene menos trabajo, menos dinero, menos educación y menos salud.
El proyecto de ley en cuestión es el “Que modifica varios artículos de la ley 5.033/2.013, que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos y deroga la ley 6.355/2019”.